Enciclopedia jurídica

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Estado

(Derecho Constitucional) , (Derecho Internacional Público) I9 Desde el punto de vista sociológico: especie particular de sociedad política que resulta de la fijación en determinado territorio de una colectividad humana relativamente homogénea (V. Nación), regida por un poder institucionalizado que tiene el monopolio de la sujeción organizada (especialmente el monopolio de la fuerza armada).
2 o Desde el punto de vista jurídico: persona moral titular de la soberanía.
3 o En un sentido más estricto y concreto: conjunto de los órganos políticos y de los gobernantes, en contraposición a los gobernados (p. ej., cuando se dice que el Estado es invasor, que hay que reformar el Estado, etc.).
4o Según la concepción marxista: aparato de opresión al servicio de la clase dominante; en régimen capitalista, instrumento de la burguesía para explotar al proletariado. (Pero la instauración de una sociedad sin clases tiene que determinar la desaparición del Estado).

Filosofía del Derecho

Su concepto más generalizado se refleja en distintas definiciones doctrinales entre las que se encuentra la de SÁNCHEZ AGESTA que transcribimos: «una comunidad organizada en un territorio definido, mediante un orden jurídico servido por un cuerpo de funcionarios y definido y garantizado por un poder jurídico, autónomo y centralizado que tiende a realizar el bien común, en el ámbito de esa comunidad.

De esta manera, la idea de Estado integra la de comunidad: el Estado es la comunidad organizada. Pero en esta concepción subyace la distinción entre Estado-organización, de una parte, y Estado-nación o Estado-comunidad política, de otra, distinción que viene a salvar la que media entre Estado y sociedad. Otros autores, como MARITAIN, circunscriben el concepto de Estado a su organización estricta, es decir, al conjunto de órganos estatales considerados como meros instrumentos de la comunidad política, contraponiendo así de manera más abierta las ideas de Estado y sociedad.

Una parte de la doctrina aplica la idea de Estado a todas las formas políticas asumidas a lo largo de la historia por las comunidades independientes, con lo que quedan comprendidas en ella, incluso, la polis griega o el imperio romano. Sin embargo, con mayor precisión, otros autores limitan el concepto a una forma política históricamente concreta, aunque difieren en cuál se al tiempo de aparición. Así, para unos es la forma política generada por la civilización occidental inmediatamente después del imperio carolingio. Para otros nace con los reinos medievales de la Baja Edad Media y, en fin, para un tercer sector, el Estado aparece con el Renacimiento. En todo caso, estos planteamientos historicistas han enriquecido y matizado el concepto de Estado.

Especialmente desde el punto de vista del concepto más usual de Estado, se consideran elementos del mismo el pueblo regido por él, el territorio sobre el que ejerce su poder, y el poder mismo que ostenta.

Este último elemento ofrece ciertas singularidades de extraordinaria importancia. Con excepciones contadas, el poder del Estado es definido como soberano, hasta el punto de considerar la soberanía como un carácter indispensable de aquél. La soberanía del Estado supone que no reconoce un poder igual dentro de él, ni superior fuera de él.

Sin embargo, este carácter se halla sometido actualmente a una profunda reconsideración como consecuencia, entre otras causas, de la aparición de las superpotencias, con un papel preponderante en sus respectivos bloques, de lo que se siguen limitaciones indudables para la soberanía de los Estados, incluso los tenidos tradicionalmente más fuertes.

La evolución del Estado ofrece realidades cambiantes, tanto en lo que concierne a la estructura de sus órganos como a sus fines y a los límites de su poder en función de los derechos humanos. En este sentido, cabe distinguir entre el Estado medieval, el Estado absoluto -desde el Renacimiento a las revoluciones liberales-, el Estado liberal o constitucional -hijo de dichas revoluciones- y el Estado totalitario -cual es el caso de los Estados fascistas y comunistas-.

El modelo liberal o constitucional -prototipo del mundo occidental de hoy- se caracteriza tradicionalmente por tres principios básicos: estado de derecho, separación de poderes (legislativo, ejecutivo y judicial) y exaltación de los derechos individuales. Pero requiere ciertas precisiones que son fruto del cambio histórico más contemporáneo. Una es su conversión en estado democrático-liberal (constitucionalismo democrático) como consecuencia del auge de la participación popular en los órganos del Estado, es decir, del paso de un sufragio restringido al sufragio universal. Otra es la ampliación de sus fines (intervencionismo) frente a la concepción originaria del Estado liberal sumamente restrictiva. Y, finalmente, hay que recordar la situación crítica que para la separación de poderes puede suponer las mayorías parlamentarias que, dentro de un sistema partitocrático, son titulares del ejecutivo.

Desde un punto de vista jurídico, el Estado se relaciona peculiarmente con dos ideas fundamentales. La primera -valedera solamente para el Estado constitucional, aunque con algunos antecedentes históricos muy notables- es la de estado de derecho (V.), principio en cuya virtud el Estado queda sometido al ordenamiento jurídico. La segunda es la consideración del Estado como fuente del derecho, es decir, como creador principal del derecho positivo. Esta último aspecto se encuentra también hoy en revisión como consecuencia de un Derecho Internacional que puede cobrar caracteres más imperativos y de la aparición -cual e el caso de las comunidades europeas- de organizaciones internacionales donde se integran estados independientes que asumen en compromiso de aceptar un derecho emanado de dichas organizaciones y garantizado por ellas.

Es un agregado de territorio y población organizado en forma política de manera estable y con un ordenamiento jurídico determinado y sancionado por una autoridad. Es la forma política de organizar la convivencia humana que trae su origen en una milenaria evolución histórica. El Estado moderno es el elemento unificador que da forma política a las naciones que aparecen desde el Renacimiento. En este sentido, se ha dicho que Estado es la estructura que se destina a proteger los intereses de la ascendente clase burguesa, necesitada de una organización fuerte y centralista que garantizase el desarrollo de un capitalismo creciente.

Situación en que se encuentra una persona, cosa o asunto. | La realidad en un momento dado. | Cada una de las clases o jerarquías diferenciadas en una sociedad política. | Condición de la persona con relación al matrimonio: soltera, casada o viuda. | Brazo principal de la constitución de un pueblo; y así se habla del estado civil, eclesiástico o militar. | Cuerpo POLÍTICO de una nación. | La nación misma. | La Administración pública. | Pueblo que se rige con independencia. | Territorio, dominio o país que pertenece a u n soberano. | La Hacienda pública o fisco nacional. | La cosa pública. | Origen general del Derecho. | Sociedad jurídicamente organizada, capaz de imponer la autoridad de la ley en el interior y afirmar su personalidad y responsabilidad frente a las similares exteriores. | Conjunto de los poderes públicos; acepción en que se asimila con gobierno, del cual se diferencia en cuanto éste constituye la encamación personal de aquél, su órgano ejecutivo. | La representación política de la colectividad nacional; para oponerlo a nación, en sentido estricto o conjunto de personas con comunes caracteres culturales, históricos y sociales regidos por las mismas leyes y un solo gobierno. | En los Estados organizados federalmente, cada uno de los territorios que se rigen por leyes propias y gobiernos privativos en su ámbito y esfera peculiares. | En contabilidad y estadística, resumen por partidas generales. | Exposición, informe acerca de un caso. | Antiguamente, acompañamiento, comitiva, corte, séquito. | CIVIL. La situación en que se encuentra el hombre, dentro de la sociedad, en relación con los diferentes derechos o facultades y obligaciones o deberes que le atañen. | CORPORATIVO. Ensayo del fascismo italiano, imitado en algunos otros países, cuyo régimen POLÍTICO tiene por base la organización de las profesiones y oficios en sindicatos. | DE ALARMA. Situación de grave alteración del orden público, que obliga a suspender las garantías constitucionales. A veces, la intranquilidad es ficticia, y constituye recurso de gobiernos autoritarios que abusan de su facultad de calificar tal perturbación. | DE EMERGENCIA. Calificación que en algunos países de América se da al estado de alarma, o de sitio, que se declara por motivos de orden público y que se traduce en la suspensión de las garantías constitucionales. | DE FAMILIA. La condición civil dentro de los vínculos parentales y conyugales. | DE GUERRA. Con propiedad, el que plantea la ruptura de hostilidades por un conflicto armado con otra nación; o, internamente, en el supuesto de una guerra civil. | DE INDIVISÍÓN. Situación en que se encuentran cosas o derechos que pertenecen a varias personas sin división de partes o en cuotas proporcionales. | DE INDIVI· SIÓN DE LA HERENCIA. Puede entenderse de dos maneras, según se trate de la situación normal que se produce al fallecer el causante y mientras no se lleva a término la partición, o de la resultante de la cláusula testamentaria que obligue a permanecer en comunidad cierto tiempo o en determinadas condiciones.| DE NATURALEZA. Suposición histórica del racionalismo de Hobbes, para el cual el estado de naturaleza era la guerra; del de Locke, quien lo imaginaba anárquico puro; y de Rousseau , fundado en una comunidad primitiva de bienes, sin egoísmos ni coacciones, que parece una interpretación romántica y descreída del Paraíso bíblico y de los tiempos patriarcales. | DE NECESIDAD. Situación excepcional para una o más personas en que, por necesidad extrema o grave peligro, se prescinde de la ley y se excusa el daño inferido o la lesión causada. | DE PAZ. Dice Escriche que el estado de paz, no es otra cosa que la situación normal de quietud y sosiego público del reino; estado de guerra es la situación excepcional en que se halla el reino cuando se ve invadido por tropas extranjeras, o turbado por disensiones civiles de sus habitantes, armados unos contra otros; estado de sitio es la situación, también excepcional, de una plaza, fortaleza o población, a la cual ha puesto cerco el enemigo para combatirla y apoderarse de ella. | DE PELIGROSIDAD SOCIAL SIN DELITO. Frente al principio de que no puede castigarse sino la acción previamente condenada por la ley, los positivistas, con criterio de prudencia defensiva para la sociedad, advertían de la amenaza representada por los sujetos de mala vida o cuyos antecedentes permitían, casi con plena evidencia, predecir un eventual y cercano ataque a las personas o la sociedad, contra lo cual resultaría ingenuo esperar la agresión. La sociedad se halla en situación paralela a la de la persona individual que no ha de aguardar a que hagan fuego contra ella para iniciar su defensa, si ha descubierto la intención homicida de su enemigo. | DE SITIO Como concepto de recurso gubernamental, esta expresión equivale íntegramente a la de estado de guerra; por cuanto las leyes de orden público de diversos países emplean una u otra de las distintas denominaciones para referirse a las máximas atribuciones con que el poder público se inviste para hacer frente a las conmociones internas que amenazan su estabilidad o la del régimen POLÍTICO que encama. | FEDERAL. Estado compuesto por varios Estado» que poseen gobierno peculiar, legislación privativa en diversas materias y una gran autonomía administrativa, pero con respeto de la unidad representativa internacional, confiada a un ejecutivo federal o nacional. | HONESTO. Denominación, hoy día poco usual, para referirse a las solteras de buena fama. | LLANO. El pueblo en general, el elemento civil o paisanaje. | SOCIAL. La situación en que un grupo de personas se encuentra con respecto a otras dentro del ordenamiento en clases de la sociedad. | Conjunto de condiciones laborales y económicas de un pueblo y de una época. | TOTALITARIO. Aquel cuyo gobierno, con poderes dictatoriales, basa su organización política en un solo partido, pedestal de un jefe supremo y en la hegemonía avasalladora de los intereses estatales, a veces simple disfraz de personales ambiciones.


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