Enciclopedia jurídica

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Comunidades Europeas

[DE] Término empleado para designar conjuntamente a la Comunidad Europea, la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y la Comunidad de la Energía Atómica.
Tres Pilares.

(Derecho Internacional Publico) Organizaciones que tienen por objeto realizar la unificación europea, sometiendo las soberanías estatales, en determinados sectores, a una autoridad común.
Los rasgos característicos de las comunidades (existencia de órganos compuestos de personas independientes de los gobiernos, importancia de las facultades concedidas por los Estados, restricciones a la regla de la unanimidad, relaciones directas con los particulares), han permitido hablar de organizaciones supranationales. Estados miembros: Alemania Federal, Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, a los cuales, desde 1973, se agregan Gran Bretaña, Dinamarca e Irlanda, y desde 1981, Grecia y desde 1986, España y Portugal. Las tres comunidades son:
Io Comunidad Económica Europea, o Mercado Común (1957). A la vez: a) unión aduanera: libre circulación de las mercaderías por supresión de las barreras aduaneras y la desaparición de las restricciones cuantitativas, tarifa exterior común; b) unión económica: libre circulación de personas, servicios y capitales, asimilación de las legislaciones (social, fiscal), pol íticas económicas comunes por sectores (agricultura, transportes, energía) o general (coyuntural, monetaria, de desarrollo).
2o Comunidad Europea del Carbón y del Acero, C. E. C. A. (1951). Libre concurrencia de la producción y de los intercambios bajo el control de laC. E. C. A.: poderes de policía, intervenciones de coyuntura (sobre la producción y los precios) y en materia de desarrollo (ayuda al financiamiento de las inversiones, a la modernización de las empresas y a la investigación), competencias sociales (mejoramiento de las condiciones de vida de la mano de obra).
3o Comunidad Europea de la Energía Atómica, Euratom (1957). Coordinación de la investigación y difusión de los conocimientos, estímulo de las iniciativas de las empresas y creación de empresas comunes, organización de un mercado común atómico, política común en materia de aprovisionamiento, protección sanitaria y control de seguridad. V. Asamblea parlamentaria europea, Comisión, Consejo europeo, Corte de justicia de las comunidades europeas.


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