Enciclopedia jurídica

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Decisión

[DE] Acto jurídico comunitario que persigue la consecución de objetivos determinados circunscritos a sujetos concretos; así pues, los destinatarios son los particulares (personas físicas y jurídicas) y los Estados. Son obligatorias en todos sus elementos, no dejando margen alguno de discreciona- lidad a sus destinatarios.
TCE, art. 249; STJCE 6-10-1970, Grad, 9/70.
Derecho comunitario derivado.

(Procedimiento General) Término genérico que se utiliza en procedimiento para designar los actos que emanan de una jurisdicción colegiada o de un despacho unipersonal. Este término se aplica también al resultado de las discusiones de un organismo colectivo. V. Asamblea general, Deliberación.
(Derecho Constitucional) Nombre oficial de las medidas tomadas (sin refrendata ministerial) por el presidente de la República en virtud del art. 16 de la Constitución. V. Poderes excepcionales.

Es un acto institucional comunitario que contiene solamente una medida individual de ejecución, siendo un acto jurídico vinculante en todos sus elementos. Ahora bien, toda vez que la decisión no es un acto normativo general, como el reglamento o la directiva, sólo es obligatorio para los destinatarios especialmente previstos en la misma decisión. En este sentido, pueden ser sus destinatarios tanto los Estados miembros, como las personas físicas o jurídicas privadas o públicas. En definitiva, la decisión es un acto de autoridad con un contenido destinado a obligar individualmente a su destinatario. Puede emanar del Consejo, de la Comisión, del Consejo y del Parlamento, y del BCE. Estará destinado a uno o más Estados miembros, a empresas o súbditos de dichos Estados. Cuando la decisión está dirigida a los Estados miembros, se aplicará directamente a los mismos en las condiciones propias de una directiva. Cuando se dicta en el marco del Tratado CECA, se denomina decisión individual.

Tratado CEE, artículos 189 y 191, según las modificaciones introducidas por el Tratado de Maastricht.

En sentido amplio es la resolución que se toma o se da con referencia a una cosa o situación dudosa.

Resultado de una deliberación individual o colectiva.

En sentido mas especifico es el resultado de la deliberación de un tribunal luego del debate judicial sustanciado. Ver Resoluciones judiciales.


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