Enciclopedia jurídica

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Debate judicial

En sentido amplio es equivalente de pleito. En sentido restringido se refiere al desarrollo de una audiencia. Así se habla de "clausura de los debates" refiriéndose al informe de viva voz que hace el presidente de un tribunal (generalmente colegiado), al finalizar la audiencia y antes de la sentencia (generalmente en competencia penal).


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