Enciclopedia jurídica

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Renvoi

(Derecho Internacional Privado) Trasferencia de competencia, que se produce:
Io En materia de conflictos de leyes, cuando la ley extranjera, reconocida competente por el juez nacional, declina esa competencia y remite la solución del litigio a la ley del juez al que se ha acudido. Ejemplo: el juez francés estima que la ley aplicable a un extranjero residente en Francia es la ley nacional; pero esta última dispone que cuando uno de sus súbditos se ha establecido en el territorio de otro Estado, será la ley de ese Estado la que haya de aplicársele;
2o En materia de conflictos de jurisdicciones, cuando el tribunal extranjero, reconocido competente por el juez de un Estado, tiene obligación (en virtud de las normas nacionales de procedimiento) de declinar esa competencia y de remitir los litigantes ante el juez del otro Estado. Ejemplo: el tribunal francés, invocado para conocer de un litigio, estima que ese litigio debería ser llevado al conocimiento de los tribunales de un Estado extranjero, pero esos .iiis.nos tribunales extranjeros deciden que, a causa principalmente de la residencia de las partes, es un tribunal francés el único que es competente.
El renvoi se llama de segundo grado cuando la competencia se defiere a la ley o al tribunal de otro tercer Estado.
(Procedimiento Civil) Decisión por la cual un tribunal designa otra jurisdicción para conocer de un asunto.
Renvoi previa casación: cuando la Corte de Casación casa un fallo o una decisión, remite ante una jurisdicción del mismo orden, de la misma naturaleza y del mismo grado. En materia de competencia, de litispendencia o de conexión, la corte de apelación, en ciertas hipótesis, y a veces hasta el juez de primer grado, remite el asunto ante la jurisdicción que estima competente. En el procedimiento ordinario ante los tribunales de derecho común, el presidente, en la audiencia de fijación, decide si el asunto será simplemente remitido a la audiencia o constituirá objeto de una instrucción por medio del magistrado de sustanciación. El juez de los recursos de urgencia, juez único, puede decidir que se remita la dificultad que se le ha sometido al órgano colegiado de su jurisdicción.
Renvoi sobre recurso o sobre apelación en materia de competencia: en el caso de recurso o de apelación, en materia de competencia, de litispendencia o de conexión, la Corte de apelación, en ciertas hipótesis, remite el asunto ante la jurisdicción que estima que es la competente.
Un litigante puede en ciertos casos (legítima sospecha, seguridad pública, causa de recusación contra varios jueces) pedir que se remita el proceso ante otra jurisdicción distinta de aquella a la que se ha acudido.


Renuncia traslativa      |      Reo