Enciclopedia jurídica

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Cámara

(Derecho Constitucional) Asamblea legislativa. V. Parlamento. En un parlamento bicameral, se llamaba antiguamente Cámara baja, la Cámara integrada por elección popular, y Cámara alta, la Cámara hereditaria.
(Procedimiento General) Reunión de varios magistrados de un mismo tribunal, efectuada con fines jurisdiccionales, sea de instrucción, sea de juicio. Por regla general, las salas de un tribunal no tienen competencia propia y la decisión adoptada se considera como labor de todo el tribunal.
Este término designa también, en tratándose de corporaciones de auxiliares de la justicia (procuradores, abogados, notarios, comisarios tasadores), el órgano representativo de los miembros de la misma profesión, que tienen la facultad de deliberar sobre asuntos de interés común (reglamento interno, disciplina, etc.).

En el derecho constitucional, llamase cámara al órgano que constituye el Poder legislativo. Si se trata de un sistema bicameral, dicho poder se halla formado por dos Cámaras, la de diputados, llamada también cámara baja y en algunos países cámara de representantes, y la de senadores o cámara alta.

Cada uno de los cuerpos colegisladores representativos en el sistema bicameral o de dualidad de asambleas, Se suelen distinguir con las denominaciones de cámara alta y cámara baja, o de senadores o diputados, de no tener otros nombres privativos. | DE ALQUILERES. Organismo competente para entender en las cuestiones relacionadas con el arrendamiento de propiedades urbanas. | DE APELACIÓN. Tribunal de segunda instancia; o de alzada, como se decía antaño. | DE CASTILLA. Cuerpo supremo consultivo compuesto por el presidente del Consejo de Castilla y otros ministros del mismo, a cuyo cargo estaban los asuntos de gran trascendencia. Como tribunal independiente funcionó en España desde 1588 a 1834. (V. TRIBUNAL SUPREMO) | DE COMPENSACIÓN. Institución auxiliar del comercio, encargada de confrontar y liquidar los créditos y deudas de los titulares que intervienen en la compensación bancaria. | DE DIPUTADOS. V. CONGRESO. | DE INDIAS. Tribunal compuesto por los ministros del Consejo de Indias, con funciones consultivas; su competencia estaba restringida a las cuestiones relacionadas con el gobierno de las provincias que España poseía en Ultramar. | DE LOS COMUNES. La cámara baja inglesa o congreso de diputados. Sus representantes son elegidos directamente por el pueblo. | DE SENADORES. V. SENADO. | DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN. Entidades cuyo objeto consiste en intensificar y favorecer las operaciones del comercio terrestre o marítimo y el desarrollo industrial del país.


Cálculo de la legítima      |      Cámara