Enciclopedia jurídica

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Medidas provisionales en relación con los hijos de familia

Constituyen el contenido del correspondiente expediente de jurisdicción voluntaria en negocios civiles referentes al Derecho de familia. Esas medidas podrán adoptarse respecto a los hijos de familia cuando sus padres los tratasen con excesiva dureza o les diesen órdenes, consejos o ejemplos corruptores. Las medidas provisionales pueden consistir en la custodia del menor, entrega de ropas y cama para uso del menor, concesión de alimentos provisionales al mismo y nombramiento de un defensor judicial. Es preciso que lo solicite el interesado y que el juez adquiera el conocimiento de la certeza de los hechos.

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 1.880, y 1.910 a 1.918.


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