Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Derecho del trabajo

[DTr] «Conjunto diferenciado de normas que regulan el mercado de empleo, relación individual de trabajo asalariado, la organización y actividad de las representaciones profesionales de trabajadores y empresarios» (MARTÍN VALVERDE, RODRÍGUEZ-SAÑUDO GUTIÉRREZ, GARCÍA MURCIA).

Es la parte del ordenamiento jurídico general que regula primordialmente las relaciones del trabajo que se presta de forma personal, por cuenta ajena y mediante retribución. Alrededor de este núcleo esencial, el también llamado Derecho laboral regula la organización y funcionamiento de la previsión social y de los organismos administrativos y jurisdiccionales especializados en las referidas cuestiones. Por ello, comprende materias jurídicas sustantivas y adjetivas o de procedimiento, y junto a materias de Derecho privado (el contrato de trabajo, por ejemplo), incluye materias de Derecho público (la emigración, el procedimiento laboral, etc.). En todo caso, hay que advertir que las instituciones laborales privadas están notablemente intervenidas por el Estado. La denominación de Derecho laboral, sustituyendo la más precisa de Derecho del trabajo, tiene la ventaja de la difusión que ha alcanzado la palabra Laboralista para designar el Abogado especializado en las referidas materias. Sin perjuicio de la unidad del Derecho laboral, la complejidad de su contenido justifica el tratamiento independiente de las materias previsionales (Derecho de la Seguridad Social) y de los procedimientos judiciales en materia laboral (Derecho procesal del trabajo).

Ver Derecho laboral.


Derecho del mercado financiero      |      Derecho derivado