Enciclopedia jurídica

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Tribunal Superior de Justicia

[DPro] Órgano jurisdiccional que culmina la organización judicial en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma y extiende su jurisdicción al ámbito territorial de ésta. Se integra por las siguientes Salas: Sala de lo Civil y Penal, Sala de lo Contencioso-administrativo y Sala de lo Social.
ifSSüi LOPJ, arts. 70 a 79 en la redacción dada por Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre; CE, art. 152.

A su Sala de lo Civil y Penal, y como Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia, le corresponde (1) el conocimiento de las causas penales que los Estatutos de Autonomía reservan al conocimiento de dichos Tribunales Superiores, (2) la instrucción y el fallo de las causas penales contra Jueces, Magistrados y miembros del Ministerio fiscal por delitos o faltas cometidos en el ejercicio de su cargo en la Comunidad Autónoma, siempre que esta atribución no corresponda al Tribunal Supremo, (3) la decisión de las cuestiones de competencia entre órganos jurisdiccionales del orden penal con sede en la Comunidad Autónoma que no tengan otro superior común.

Ley orgánica del Poder judicial, artículo 73.

Véase Órganos de las Comunidades Autónomas.


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