Enciclopedia jurídica

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Gobierno en funciones

Cuando el Gobierno cesa en su funcionamiento, continua actuando para despachar los asuntos ordinarios y urgentes, salvando así la estabilidad y permanencia de la función ejecutiva; tal situación es conocida con la expresión de Gobierno en funciones. Durante el tiempo que dura esta situación, se entiende que el Gobierno no puede disolver las cámaras, plantear una cuestión de confianza, ni ser objeto de una moción de censura. El cese del Gobierno se produce tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previsto constitucionalmente, y en los casos de dimisión o fallecimiento de su Presidente.

Constitución, artículo 101.


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