Enciclopedia jurídica

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Franquiciado

Versión española del término inglés franchisee, que es el comerciante o distribuidor que se obliga a utilizar en el tráfico los signos distintivos del franquiciador. Se trata, generalmente, de un empresario con establecimiento abierto al público que asume la distribución de los productos o servicios del franquiciador. El local comercial del franquiciado suele tener una presentación uniforme respecto de los locales de los demás franquiciados, ofreciendo así un aspecto común que, muchas veces, se hace extensivo a los medios de transporte utilizados, cuando este servicio es objeto, principal o accesorio, del contrato de franquicia. Si el franquiciado obtiene el derecho de concluir, a su vez, acuerdos de franquicia con terceros, se denomina franquiciado principal.

Reglamento de la Comisión nº 4087/88, de 30 de noviembre de 1988, relativo a la aplicación del apartado 3 del artículo 85 del Tratado CEE a categorías de acuerdos de franquicia.


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