Enciclopedia jurídica

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Valor

Grado de utilidad o aptitud de las cosas, para satisfacer las necesidades o proporcionar bienestar o deleite.

Fuerza, actividad, eficacia o virtud de las cosas para producir sus efectos.

Cualidad de las cosas, en cuya virtud se da por poseerlas cierta suma de dinero o algo equivalente.

Alcance de la significación o importancia de una cosa, acción, palabra o frase.

Desde un punto de vista económico, dos características presiden el concepto de valor: a) idea de una relación en dos o mas cosas, y b) idea de rareza, es decir, insuficiencia de la cantidad existente con relación a la cantidad requerida.

A su vez, varios elementos caracterizan la noción de valor económico: a) la necesidad; b) la utilidad; c) el costo, y D) el conocimiento de la utilidad.

En el grupo de significados materiales: utilidad de las cosas. | Aptitud para satisfacer las necesidades procurar placeres. | Cualidad de una cosa que lleva a dar por ella, o a pedir para cederla, una su m a de dinero o algo económicamente apreciable. | Coste. | Precio. | Rédito. | Fruto. | Producto de bienes, cargos o actividades. | Equivalente ele una moneda, sobre todo en relación con otra o con un común patrón.
En la serie de sentidos metafóricos o abstractos: significación, trascendencia, importancia. | De grandes dotes intelectuales o nobleza moral. | Mérito. | Índole del alma que acomete sin temor arduas empresas y desdeña el riesgo anejo, aun el de la muerte en ocasiones. | Arrojo. | Fuerza. | Eficacia. | Osadía, atrevimiento. | Descaro, desvergüenza. | EN CAMBIO. Para Adam Smith, el clásico pontífice económico: "La palabra valor, debe observarse, tiene dos significados diferentes: unas veces expresa la utilidad de algún objeto particular; y otras, el poder de comprar ciertas mercancías que la posesión de dicho objeto confiere. Uno puede ser llamado valor en uso; el otro, valor en cambio". Pa Stuart Mili, en Economía política, valor, sin otro aditamento, es lo mismo que valor en cambio. | EN SI MISMO. En las letras ele cambios y otros títulos mercantiles, fórmula mediante la cual expresa el librador que gira a su propia orden y tiene en su poder el importe del libramiento. | EN USO. Cualidad y estimación propia de las cosas necesarias para el consumo o aprovechamiento por el hombre. | ENTENDIDO. En las letras de cambio, vales, pagarés, libranzas y otros títulos a la orden, aquel importe o costo que el librador se reserva asentarlo en la cuenta del tomador, cuando median razones o motivos entre ambas para no explicar la causa de la obligación | LOCATIVO. Tasación fiscal de las casas, pisos o habitaciones que utilizan sus propios dueños, los usufructuarios, los titulares de un derecho de habitación o los precaristas, ninguno de los cuales paga alquiler: a fin de determinar, para la fijación ele los impuestos, el que cabría atribuirle. | NOMINAL. En los títulos o acciones, el que corresponde a la emisión, pero no a la cotización actual, ni siquiera al precio con que lucren entregados a los primeros titulares o suscriptores. | RECIBIDO. Fórmula que, con el agregado "en efectivo", "en géneros", "en mercancías" o "en cuenta", emplea el librador para expresar que así se encuentra reintegrado del importe ele la letra ele cambio u otro título a la orden.


Vallar      |      Valor catastral