Enciclopedia jurídica

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Operación bursátil a voluntad

Este tipo de operación bursátil se encuadra, juntamente con las operaciones con prima y operaciones con opción, dentro del grupo de las operaciones bursátiles condicionales, que se contraponen a las operaciones en firme por contener estipulaciones que pueden alterar la operación en principio concertada. En la operación a voluntad el comprador o el vendedor se reserva, según acuerdo previo, la facultad de consumar la compraventa en el día que elija el contratante facultado para ello, siempre que lo decida antes de transcurrir un determinado plazo. Dentro de éste, por tanto, uno de los contratantes decidirá la liquidación de la operación; pero deberá preavisar al otro con veinticuatro horas de antelación. De no utilizar esta facultad de determinación de fecha de ejecución, el contrato deberá liquidarse al vencer el plazo; por ello, al hacer uso de tal facultad, se dice que el contratante anticipa la liquidación de la compraventa.

Reglamento de Bolsas, artículos 85 y 87.


Operación bursátil a plazo      |      Operación bursátil al contado