Enciclopedia jurídica

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Nulidades

Se las puede clasificar desde diversos puntos de vista.

I.- Según la actuación patente o latente de la causa de invalidez:

nulidad manifiesta.

Nulidad no manifiesta o dependiente de juzgamiento.

II.- Según la índole rígida o fluida de la causa de invalidez:

actos nulos (nulidades de derecho).

Actos anulables (nulidades dependientes de la apreciación judicial. III.- Según el rigor de la sanción de invalidez:
nulidad absoluta. Nulidad relativa.
IV.- Según la extensión de la sanción de invalidez:

nulidad total. Nulidad parcial.
V.- Según el carácter expreso o tácito de la sanción de invalidez:

nulidad expresa. Nulidad virtual.

Éstas son la únicas clasificaciones de las nulidades que tienen trascendencia en el derecho, si bien la importancia práctica de unas y otras categorías es muy diferente. Sin duda, las categorías fundamentales son las de los actos nulos y anulables (II) y las nulidades absolutas y relativas (III).

Aubry y Rau admiten también las nulidades de orden público y de orden privado, que en realidad se identifican, respectivamente, con las nulidades absolutas y relativas; y las nulidades de fondo y de forma. Asimismo, Zachariae, con la denominación de nulidades legales y judiciales, incluye la fundamental clasificación de actos nulos y anulables.


Nulidad y anulabilidad de los actos admi      |      Nulidades absolutas y relativas