Enciclopedia jurídica

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Funcionamiento del servicio público

La prestación del servicio público es obligatoria cuando se solicita en regla, debiendo realizarse con unidad de trato para todos los ciudadanos; como se ha dicho, el servicio público nunca cuenta con la cláusula de reserva de admisión, tan frecuente en la prestación de los servicios privados. Las personas administrativas responsables del servicio público cuentan con el llamado poder de policía; es decir, el poder de coacción para prevenir y defender el buen orden del servicio público. La Administración, por otra parte, se reserva la facultad de introducir las modificaciones que estime pertinentes en la organización y funcionamiento del servicio público, incluso en el caso de que éste haya sido objeto de concesión a una empresa privada. Por último, el personal que trabaja en un servicio público está sometido a un régimen laboral peculiar, especialmente en cuanto se refiere al derecho de huelga.

Ley 9/1987 de 12 de mayo, de Organos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones públicas.


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