Enciclopedia jurídica

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Derecho al matrimonio

Aunque no se considera un derecho fundamental, deriva de los esenciales derechos de libertad y autonomía. Toda vez que el matrimonio es un elemento natural y fundamental de la sociedad y, en consecuencia, goza de la protección del Estado, el ciudadano tiene derecho al matrimonio y a fundar una familia. Es un derecho que se ejerce con igualdad de condiciones para ambos contrayentes, tanto en la celebración como en el desarrollo de la vida matrimonial. Consecuencia del derecho al matrimonio es el derecho al divorcio. No se reconoce, sin embargo, el derecho a formar unión de hecho o convivencia extramatrimonial.

Constitución, artículo 32.


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