Enciclopedia jurídica

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Contrabando

Derecho Fiscal

Según la Ley 12/1995, de 12 de diciembre, de Represión del Contrabando, se comete contrabando al realizar las siguientes operaciones tipificadas en fraude de los derechos de Aduanas:

a) Importar o exportar mercancías de lícito comercio sin presentarlas para su despacho en las Aduanas, o bien su ocultación a la acción de la Administración aduanera.

b) Operaciones de comercio, tenencia o circulación de mercancías no comunitarias de lícito comercio sin acreditar su lícita importación.

c) Destinar al consumo las mercancías en régimen aduanero de tránsito.

d) Importación, exportación, producción, comercio, tenencia, circulación o rehabilitación de géneros estancados.

e) Sacar sin autorización del territorio nacional bienes del Patrimonio Histórico Español.

f) Importación, exportación, producción, comercio, tenencia, circulación de flora o fauna de especies protegidas, o sus partes o productos.

g) Obtener de modo ilícito el despacho aduanero o las autorizaciones antes citadas.

h) Conducir a puerto mercancías no comunitarias en buque de porte menor que el permitido.

i) Alijar o transbordar de un buque clandestinamente cualquier mercancía.

j) Exportar material de defensa o de doble uso sin autorización.

El contrabando constituye delito cuando su objeto sean bienes con valor igual o superior a 3 millones de pesetas. Si el valor es inferior a dicha cantidad se comete infracción administrativa. Constituyen excepciones el contrabando de labores de tabaco, en cuyo caso basta que se alcance el valor de 1 millón de pesetas o de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, armas o explosivos, u otros bienes cuya tenencia constituya delito, en cuyos casos existe delito cualquiera que sea su valor.

También constituye delito la ejecución con un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión de acciones tipificadas como infracción pero cuyo valor acumulado supere las cifras anteriormente citadas.

Comercio o producción prohibidos por la legislación vigente. | Productos o mercancías que han sido objeto de prohibición legal. | Lo ILÍCITO o encubierto. | Antiguamente, de ahí su etimología, lo hecho contra un bando o pregón público.


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