Enciclopedia jurídica

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Voluntad unilateral

Expresión abreviada con la que se alude a la manifestación que hace una persona obligándose a una determinada prestación frente a un acreedor indeterminado. Como manifestación de comprometerse como deudora, se plantea la duda de si esta persona queda obligada o no en firme toda vez que, entre las fuentes de las obligaciones, no aparece la voluntad unilateral. Se resuelve la duda teniendo en cuenta que la manifestación de la voluntad de comprometerse puede haber influido en la conducta de otra persona que, confiando en lo ofrecido por la primera, cumplió la condición prevista. Tal es el caso de la oferta pública de recompensa o promesa de recompensa manifestada por alguien que gratificará a quien le entregue un objeto que aquella extravió.

Código civil, artículos 1.089 a 1.093.

Aquélla que proviene del obligado y produce efectos por sí sola. La idea de que una declaración unilateral de voluntad pudiera ser
fuente de obligaciones para quien la emitió, fue expuesta por
primera vez en Alemania por kuntze y por siegel, y tuvo una inmediata repercusión en la doctrina de aquél país y en la italiana. En cambio, los juristas franceses, siempre renuentes a admitir teorías importadas de Allende el rhin, la resistieron algún tiempo; pero a partir de la obra de worms (1891) su prestigio se extendió rápidamente y hoy es aceptada por casi todos los grandes tratadistas (Josserand, Colin y capitant, Baudry lacantinerie y barde, geny, demogue; en contra: Planiol y Ripert) y se ha incorporado a la mayor parte de los códigos.

La idea de que la voluntad unilateral puede ser una fuente de las obligaciones choca contra el pensamiento clásico, según el cual solo el acuerdo de voluntades podía engendrar tales efectos. Sin embargo, la observación de la realidad jurídica demuestra que hay numerosas obligaciones que surgen solamente de la expresión de voluntad del obligado. Como ejemplos típicos pueden citarse los siguientes. A) las ofertas públicas, que el declarante se obliga a mantener durante un cierto tiempo; sin que haya todavía aceptante ni acuerdo de voluntades, han surgido obligaciones para el ofertante. B) las promesas de recompensas; concursos por premios científicos o literarios, recompensas por devolución de objetos
perdidos, etcétera. C) la gestión de negocios: quien la inicia contrae la obligación de continuar la gestión, de conducirse como un administrador diligente, etcétera, todo esto sin el consentimiento y probablemente en la ignorancia del dueño del negocio. D) los títulos al portador y los billetes de banco (papel moneda), que obligan al librador desde el momento de su emisión.

E) las disposiciones testamentarias hechas en favor de legatarios o beneficiarios de cargos, obligan al heredero por voluntad unilateral del causante.


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