Enciclopedia jurídica

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Sucesión a la Corona

Derecho Constitucional

En los Estados monárquicos, conjunto de previsiones constitucionales o legales (ley sucesoria) y de actos jurídicos en cuya virtud se determina la persona física que debe ocupar el trono vacante como consecuencia de la muerte o abdicación del rey, y se produce el hecho de la ocupación. En la doctrina se suele configurar como un derecho público subjetivo de función (ius ad officium). La sucesión a la Corona se produce normalmente ope legis (sin que se precise aceptación) e inmediatamente (según los aforismos clásicos the king never dies o le roi est mort, vive le roi). En otras ocasiones, la proclamación o el juramento del rey ante el órgano que representa la soberanía popular constituye requisito imprescindible para que se produzca la sucesión (así en Dinamarca). Cuando las previsiones sucesorias establecidas se agotan, se recurre a actos concretos para su nueva determinación. Los criterios sucesorios son diversos y suelen aplicarse de modo sucesivo. Dentro de ellos, ha revestido importancia histórica la interdicción (ley sálica) o la admisión de la mujer al trono vacante; entre ambos extremos existe una posición intermedia de preferencia del varón sobre la mujer. Otros criterios relevantes pueden ser la profesión de una determinada religión (la anglicana en Inglaterra, por ejemplo) o la pertenencia por nacimiento legítimo a la familia real. La Constitución Española regula la sucesión a la Corona en los arts. 57 y 61.1. Para los sucesores de S.M. el Rey don Juan Carlos I de Borbón, la sucesión seguirá el orden de primogenitura y representación, siendo preferida la línea anterior a las posteriores, en la misma línea el grado más próximo, en el mismo grado el varón, y en el mismo sexo la persona de más edad; en caso de extinción de todas las líneas llamadas en derecho, las Cortes Generales proveerán la sucesión. También se prevén los supuestos de exclusión en la sucesión, así como los de abdicación y renuncia. La sucesión se perfecciona en el acto de proclamación ante las Cortes Generales con el juramento del rey.


Sucesión a causa de muerte      |      Sucesión a título particular