Enciclopedia jurídica

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Solidaridad convencional

Es la situación de concurrencia de acreedores y/o deudores in solidum establecida por voluntad de los interesados. Se trata de la solidaridad pactada y, por tanto, de origen contractual. La mayoría de las veces, la solidaridad de deudores se utiliza como fórmula que garantiza el cumplimiento de lo debido. Se contrapone a la solidaridad legal, que deriva de la previsión de una norma. Tal es el caso de la responsabilidad del arquitecto y del contratista por la construcción de un edificio, el de la responsabilidad de los coherederos por las deudas del causante, el de la responsabilidad de los mandatarios, de los comodatarios...

Código civil, artículos 1.591, 1.731 y 1.748.


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