Enciclopedia jurídica

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Sentencia en causa criminal

El tribunal, apreciando según su conciencia las pruebas practicadas en el juicio, las razones expuestas por la acusación y la defensa y lo manifestado por los mismos procesados, dictará sentencia. En ésta se resolverán todas las cuestiones que hayan sido objeto de juicio, condenando o absolviendo a los procesados, no sólo por el delito principal y sus conexos, sino también por las faltas incidentales de que se haya conocido en la causa; el tribunal no podrá sobreseer la causa respecto a los acusados a quienes crea que no debe condenar. En la sentencia, por último, se resolverán todas las cuestiones referentes a la responsabilidad civil que haya sido objeto del juicio.

Se denomina alocución el trámite que cumple el juez sentenciador al inquirir del convicto sobre las razones que pueda tener para que no se le dicte sentencia. Se aplica este trámite en casos de delitos graves y al comparecer el acusado al acto de imposición de la sentencia.

Ley de Enjuiciamiento criminal, artículos 741 a 743.


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