Enciclopedia jurídica

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Res ipsa loquitur

Traducible por «la cosa habla por sí misma», es una regla de Evidence o Derecho de prueba aplicable a los casos de responsabilidad civil extracontractual, y por la cual se determina la culpa fundándose en que los hechos pueden hablar por sí mismos. Los casos en que se aplica dicha regla probatoria, que más bien constituye una presunción legal, suelen coincidir con los casos de ilicitud civil en que hay objetivación de la responsabilidad; es decir, en los casos en que el daño producido se relaciona directamente con la peligrosidad de las actividades en las cuales se produce el daño con más frecuencia. La presunción establece que, de no haber habido negligencia del agente, el daño no se habría producido.


Res inter alios judicata, aliis nec prod      |      Res judicata pro veritate habetur