Enciclopedia jurídica

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Pliego de posiciones

Es el documento que contiene las preguntas destinadas al confesante. El escrito que contiene el pliego se denomina interrogatorio. Toda vez que el litigante proponente de la prueba confesoria no puede formular preguntas, en el sentido gramatical de la palabra, deberá plantear proposiciones afirmativas sobre hechos determinados y acerca de los cuales el confesante manifestará la adhesión a su veracidad o falsedad; estas proposiciones se denominan posiciones. De ahí que el procedimiento de la prueba de confesión en juicio se denomine también prueba de posiciones.

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 581 a 589.

Llámese pliego de posiciones el conjunto de afirmaciones que el ponente debe formular a fin de que el absolvente se expida sobre ellas en oportunidad de comparecer a la audiencia que el juez señale a tal efecto.

Las posiciones se formularan por escrito o verbalmente, según lo que estableciere el ordenamiento procesal para las distintas especies de juicios.

En su esencia, las posiciones constituyen el medio procesal para obtener lo que se ha dado en llamar la confesión judicial provocada.


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