Enciclopedia jurídica

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Mancebos

Estos auxiliares del comerciante tienen, al igual que los factores o dependientes, la condición de apoderados del principal o empresario en cuyo nombre e interés actúan en las gestiones del tráfico de su negocio. El apoderamiento de los mancebos es más restringido que el de los dependientes. Habitualmente, la función del mancebo consiste en vender en tienda o almacén abierto al público, pudiendo asimismo librar recibos de los pagos recibidos en el establecimiento y acusar recibo de las mercancías al mismo enviadas.

Código de comercio, artículos 292 a 295.


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