Enciclopedia jurídica

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Hinterland

Palabra de origen alemán que significa "tierra de atrás o interior". Esta teoría consiste en la autorización y reconocimiento recíproco que acuerdan por medio de un tratado dos o mas estados, para extender su soberanía, sobre territorios no habitados o habitados por salvajes o bárbaros, que se encuentran dentro de una zona de

influencia, por estar próximos o vecinos a territorios sobre los cuales ya ejercen soberanía.

Esta teoría aparece a fines del siglo XVIII, como una consecuencia de lo resuelto en la conferencia de Berlín de 1884-85, sobre el reparto del litoral africano entre las potencias intervinientes.

Esta voz alemana, que literalmente significa tierra interior, se aplica a las zonas limítrofes con las grandes potencias para designar, en Derecho Internacional, la esfera de influencia donde un Estado ejerce, en virtud de tratados, ciertas prerrogativas que equivalen a un protectorado e incluso a una explotación colonial.


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