Enciclopedia jurídica

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Fusión-creación

Es la modalidad de fusión, denominada también fusión por creación o fusión por constitución, por la que dos o más sociedades se unen, previa disolución pero no liquidación, para formar una nueva sociedad hasta ahora inexistente. Las sociedades fusionadas desaparecen por extinción, transmitiendo sus respectivos patrimonios a la sociedad de nueva creación. Esta se convierte así en sucesora a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones de las anteriores sociedades. La sociedad resultante de la fusión reúne a todos los socios de las fusionadas, a los que canjeará sus antiguas acciones por las de la nueva sociedad en los términos previstos para la fusión. Este canje se hace extensivo a las cuotas o participaciones sociales, según los tipos societarios intervinientes.

Ley de Sociedades Anónimas, artículo 233.


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