Enciclopedia jurídica

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Empeñar

Dar o dejar alguna cosa en prenda o bien obligar algunos bienes raíces para seguridad de la satisfacción o pago de la deuda que se contrae.

Dar o dejar algo en prenda o como señal, para seguridad de la satisfacción de lo adeudado o reintegro de lo percibido. | Obligar algunos bienes raíces para pago o satisfacción de la deuda contraída. | Designar a alguien por empeño, padrino o mediador para obtener una cosa. (V. HIPOTECA. MONTE DE PIEDAD. PRENDA)


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