Enciclopedia jurídica

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Dictadura romana

Los romanos, no obstante rodear las magistraturas republicanas de garantías que evitaran el retorno al poder unipersonal e irresponsable que caracterizó la monarquía, dejaron prevista la posibilidad de establecer transitoriamente, para momentos extraordinarios y graves, una magistratura que detentara un unidad de soberanía a la manera de la Suprema autoridad regia.

Así crearon la dictadura, que provocaba la suspensión de todas las garantías de la libertad ciudadana y cuyo titular, el dictador, con

quien colaboraba un magister equitium, era también designado praetor maximus, como el Cónsul o magister populi, como Rey.

La designación del dictador incumbía normalmente al Cónsul y por excepción al tribuno militar con potestad consular, y, efectuando el nombramiento, aquel supremo magistrado adquiría poderes superiores a los de los magistrados de quienes dependía su elección.

El dictador duraba en el cargo solo seis meses, pero su actuación podía ser de menor tiempo en caso de que concluyera su misión antes de dicho término o bien el magistrado que lo nombró hubiera cesado en su cargo antes del plazo legal.

La dictadura presentó la particularidad de que, si bien en principio daba a su titular la plenitud del poder, en la práctica resultó que su autoridad no se hizo efectiva con una amplitud tal, porque su desempeño fue limitado a la ejecución de negocios determinados, especialmente los de dirección y práctica de la guerra.

Esta magistratura fue objeto de la hostilidad popular por haberse hecho odiosa al espíritu republicano adverso a todo gobierno unipersonal. Esta fue la causa que determinó que, a partir de las guerras punicas, la designación del dictador se efectuara por el pueblo reunido en comicios.

Esta magistratura fue abolida definitivamente en el año 43 A. C.


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