Enciclopedia jurídica

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Desgravación en el impuesto sobre sociedades

Practicadas en la cuota neta las bonificaciones que procedan, se obtiene la cuota líquida; sobre ésta se aplicarán las desgravaciones previstas legalmente para el fomento de inversiones realizadas por el sujeto pasivo. Entre dichas deducciones por inversiones, cabe señalar las efectuadas en activos fijos nuevos, en creación de empleo, en suscripción de valores mobiliarios con cotización bursátil calificada, en programas de investigación o desarrollo de nuevos procedimientos industriales, en sociedades exportadoras, etc. En todo caso, dichas desgravaciones exigen el cumplimiento de determinados requisitos. La política económica utiliza en ocasiones estas deducciones para orientar la obtención de sus objetivos inmediatos. La ley anual presupuestaria es el vehículo habitual para esas instrumentaciones. Así, para los ejercicios económicos que se inicien dentro de 1995, se modifican los supuestos de deducciones, apareciendo, entre otros, los siguientes: producciones cinematográficas o audiovisuales españolas que permitan la confección de un soporte físico, previo a su producción industrial seriada.

Ley 61/1978, de 27 de diciembre, Impuesto sobre sociedades, artículo 26. Ley 41/1994, de 30 de diciembre, Presupuestos generales del Estado para 1995, artículo 74.


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