Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Derecho de creación intelectual

La libertad de expresión, reconocida como derecho constitucional, conlleva el derecho a la creación intelectual o poder jurídico de utilizar una aptitud o virtualidad para producir una determinada entidad cultural. Esta podrá ser objeto de un derecho subjetivo que protegerá la creación del talento, consiguiéndose así promover la creatividad y enriquecer el acervo de conocimientos y cultura de la sociedad. Para ello es preciso que el derecho subjetivo referido otorgue seguridad para las inversiones necesarias a la producción industrial del producto cultural y estimule, mediante la debida compensación económica, la labor de los creadores de cultura.

Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad intelectual. Ley 43/1994, de 30 de diciembre, de incorporación al Derecho español de la Directiva 92/10/CEE, de 19 de noviembre de 1992, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual.


Derecho de crédito      |      Derecho de daños