Enciclopedia jurídica

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Contrato para persona que se designará

Mediante esta figura jurídica un contratante (estipulante) se reserva la facultad de designar una persona para que le sustituya en el contrato ocupando su lugar en el mismo. Para ello, se preverá el plazo dentro del cual se efectuará la designación del sustituto, que será persona desconocida e indeterminada, al menos para el que contrata con el estipulante. De no hacerse la designación, el estipulante consolida su posición de contratante. Se utiliza esta figura en casos de gestión o mediación. Así, el estipulante actúa en nombre de un representado que permanecerá oculto hasta que se haga la designación; o cuando el estipulante actúa por su propia cuenta, pero como intermediario de la persona a la que cederá sus derechos contractuales.


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