Enciclopedia jurídica

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Consumidores

Derecho Administrativo

Puede entenderse por consumidor el destinatario de bienes y servicios. En este sentido, evidentemente, consumidores son la totalidad de la población de un país. En los diferentes momentos históricos se ha acentuado la importancia de la persona como ciudadano, como administrado y en el momento presente se da un gran relieve a la posición de la persona en cuanto a consumidor.

El término consumidor debe reservarse para el ciudadano en cuanto destinatario de bienes, y el término usuario, cuando es destinatario de servicios públicos.

Viviendo como vivimos en una sociedad de consumo, en una sociedad asfixiada por los bienes que se ofrecen y por la propaganda que los presenta, el tema de la protección del consumidor es de singular importancia.

En este sentido, nuestra Constitución adopta claramente partido por la defensa de los intereses de los consumidores cuando en su art. 51, posteriormente desarrollado por la Ley General de los Consumidores, señala que los poderes públicos garantizan la defensa de los intereses de los consumidores, protegiendo por procedimientos eficaces su seguridad, salud e intereses económicos. Por otra parte, señala el mismo artículo que se promoverá la información y educación de los consumidores, se fomentarán las organizaciones de los mismos y se les oirá a través de los órganos que tengan competencia en el sector, en las cuestiones que les puedan afectar.

La protección del consumidor es tema prioritario de la Comunidad Europea, donde existe una importante legislación en la materia, que incide de forma importante en la de nuestro país.

El movimiento asociativo de los consumidores toma cada vez mayor auge en nuestro país, y su participación y acciones en la defensa de los intereses de los consumidores ha sido decisiva en muchas ocasiones.


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