Enciclopedia jurídica

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Agrupación europea de interés económico

Es un ente asociativo creado mediante un contrato de agrupación que, una vez inscrito en el Registro mercantil, adquiere personalidad jurídica. En su denominación figurará el nombre genérico epigrafiado o sus siglas A.E.I.E. Pueden ser miembros de las mismas personas que pueden serlo de una A.I.E.; ahora bien, una A.E.I.E. deberá componerse al menos de : dos sociedades o personas jurídicas que tengan su administración central en Estados miembros comunitarios diferentes; dos personas físicas que ejerzan su actividad con carácter principal en dos Estados miembros de la Comunidad Europea distintos; de una persona jurídica y de una personas física, siempre que ambas tengan su administración central o ejerzan su actividad en un Estado miembro de la CEE.

Reglamento CEE n.º 2137/85, del Consejo, de 25 de julio, relativo a la constitución de una Agrupación Europea de Interés Económico.


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