Enciclopedia jurídica

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Acuerdos de know-how

Los acuerdos de know-how puro o de know-how mixto, de licencia de know-how y de licencia de patentes, pueden ser declarados exentos de la legislación antitrust. De esta forma, no se consideran restrictivas de la libre competencia las obligaciones, entre otras, indicadas seguidamente: (1) el licenciante no podrá autorizar a otras empresas para explotar la tecnología concedida en el territorio afectado, (2) el licenciatario no podrá explotar la tecnología concedida en los territorios comunitarios que se haya reservado el licenciante, (3) el licenciatario no podrá comercializar el producto bajo licencia en los territorios concedidos, dentro del área comunitaria, a otros licenciatarios. No habrá exención, entre otros casos, en los siguientes: (1) acuerdos entre miembros de una comunidad de patentes o de know-how que afecte las tecnologías aportadas a la comunidad, (2) acuerdos de licencia de know-how entre competidores que ostentan una participación en una empresa común.

Reglamento n.º 556/89 de la Comisión del 30 de noviembre de 1988, modificado por el Reglamento n.º 151/93 del 23 de diciembre de 1992.


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