Enciclopedia jurídica

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Zonas regables

Derecho Administrativo

Es una extensión de terreno, generalmente muy amplia, donde se produce una especial e intensa intervención de la Administración agraria con el fin de su transformación o colonización. La actuación sobre estas zonas requiere la colaboración, especialmente del Ministerio de Fomento.

La actuación administrativa se lleva a cabo mediante la aprobación de un plan, en el que se incluyen obras, tareas de colonización, concentración parcelaria, industrialización, electrificación, promoción cultural y social, regadíos, redes viarias, etc.

Los planes suelen abarcar todos los aspectos para la revitalización y puesta en marcha de la economía de las zonas correspondientes, sufren la correspondiente tramitación administrativa y su ejecución se encomienda a los ministerios correspondientes. Las obras que se realizan en estos planes tienen la condición legal de urgentes tanto a efectos expropiatorios como de contratación.

Pueden citarse, entre otros, los planes de Badajoz, Jaén, Fuerteventura y Hierro, Tierra de Campos y Gibraltar. A nivel territorial inferior cabe citar los de Cáceres, Granada, Salamanca, Sevilla, Zamora, riegos del Alto Aragón y riego de Las Bárdenas. Existe un acuerdo del Consejo de Ministros que aprueba el Plan Nacional de Regadíos, Horizonte 2005.


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