Enciclopedia jurídica

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Venta al embarque

Es una variedad de la venta marítima en la que el vendedor se compromete a embarcar la mercadería dentro de un plazo determinado y a hacerla transportar hasta el punto designado por el comprador. El vendedor elige el buque, y el transporte puede hacerse en una o varias naves. El plazo de embarque suele preverse con cierta amplitud. Cuando se pacta vapor directo o importación directa, el vendedor no podrá transbordar la mercadería a otro buque ni hacer escala alguna extraordinaria durante el viaje. Como que la mercadería es genérica hasta la entrega al comprador, más que el nombre utilizado debería llamarse venta al desembarque. Hasta este momento los riesgos de pérdida y avería son a cargo del vendedor. El riesgo de retraso en la entrega es del comprador.


Venta a prueba      |      Venta al fiado por comisionista