Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Tiempo hábil

Es el período en el que pueden tener lugar las actuaciones judiciales; de aquí la denominación también utilizada para referirse al mismo: tiempo procesal. Toda vez que éste se encuadra necesariamente en el año judicial, el mes de agosto es tiempo inhábil. Los días hábiles son los del resto del año, salvo los domingos, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva Comunidad Autónoma o localidad, que serán días inhábiles. Las horas hábiles son las comprendidas entre las ocho de la mañana y las ocho de la tarde, como regla general. Las demás, serán horas inhábiles. En todo caso, los Juzgados y Tribunales pueden habilitar los días y horas inhábiles, a instancia de parte, cuando haya causa urgente que lo amerite.

Ley orgánica del Poder judicial, artículos 182 a 185.


Tiempo en el derecho      |      Timbre