Derecho Mercantil
Títulos impropios expedidos en general por entidades de crédito que sirven como instrumento de pago en las adquisiciones de bienes y servicios en establecimientos mercantiles y como instrumento de crédito frente a la entidad emisora de acuerdo con lo establecido en el contrato de emisión.
Es un título de legitimación o título valor impropio. Suele estar expedido por Entidades de Crédito o grandes empresas de servicios. El titular beneficiario de la tarjeta es una persona determinada, física o jurídica, que se ha comprometido con la empresa expedidora de la tarjeta a reembolsarle periódicamente y en una cuenta determinada, las cantidades que adeude por las compras o servicios por él consumidos. Al efectuar las compras o consumir los servicios, el titular de la tarjeta se habrá limitado a presentarla al vendedor y a firmar la factura correspondiente. La empresa expedidora de la tarjeta atenderá estos gastos y se reembolsará luego del titular. Estas tarjetas suelen expedirse inicialmente por plazos de uno o más años; el titular debe abonar anualmente una cuota de servicio. La utilidad de la tarjeta de crédito reside en que el titular puede efectuar gastos sin necesidad de llevar efectivo consigo; pero las compras han de efectuarse en establecimientos que admitan la tarjeta de crédito en cuestión. De esta función deriva el nombre con que son también conocidas tarjetas de compra.
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