Enciclopedia jurídica

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Tacha de testigos

Cada litigante podrá oponer, a la propuesta de testigos formulada por el otro litigante, la alegación de que en aquellos concurren determinadas circunstancias que, sin convertirlos en testigo inhábil, pueden disminuir su credibilidad. Las causas de tacha están previstas en la ley; así, la de ser el testigo empleado del litigante que lo propone, o ser el testigo pariente por consanguinidad o afinidad, dentro del cuarto grado civil, del litigante que lo haya propuesto. La tacha de testigos se sigue como procedimiento incidental. Frente a estas situaciones, la inhabilidad para testimoniar se refiere a las incapacidades naturales para ser testigo: menores de catorce años, locos o dementes...

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 660 a 666. Código civil, artículo 1.246.


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