Enciclopedia jurídica

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Principio de generalidad

[DF] Principio del Derecho tributario consistente en que todos deben soportar las cargas tributarias proporcionalmente, de forma que la carga tributaria sobre la riqueza debe ser adecuada y razonable. Afirma Juan Carlos Luqui que «la presión que el tributo produce sobre la riqueza debe guardar, según la naturaleza de la riqueza y características del tributo, una cierta medida que, para ser justa, no debe exceder lo que aconseje una razonable prudencia». El autor señala la vinculación entre los conceptos de capacidad contributiva, proporcionalidad y presión tributaria.
CE, art. 31.1.


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