Enciclopedia jurídica

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Personación

Derecho Procesal

Acto de comparecer formalmente como parte un juicio.

Comparecencia inicial en un proceso. Acto por el cual una persona comparece en un litigio o causa con el fin de ejercitar sus derechos, sea como demandante, demandado o tercero. La personación en juicio deberá atenerse a los correspondientes requisitos de postulación. En cada proceso tiene lugar, para cada litigante, un personación; pero tendrán lugar tantas comparecencias cuantas veces asistan las partes a las actuaciones procesales en cuya realización deban o puedan asistir o intervenir. Por ello, se dice que alguien se persona en un proceso cuando efectúa la comparecencia en juicio.

Se denomina comparecencia especial la que realiza una persona para impugnar la jurisdicción del tribunal, tanto en lo que se refiere a la propiedad como a su persona. Apersonarse es término que significa personarse o comparecer como parte en un procedimiento judicial.

Ley de Enjuiciamiento civil, artículos 1 y 762.


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