Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Otorgamiento según minuta

Es la modalidad de formalización del instrumento público en la que las partes aportan la minuta o borrador del documento de cuyo otorgamiento se trata. Aunque esta forma de otorgar el instrumento puede estimarse algo alejada de la función notarial, es admitida por la ley, que señala la intervención del notario dentro del ámbito reducido por la cada día más frecuente utilización de la minuta. Así, deberá el notario indagar, interpretar y adecuar el ordenamiento jurídico a la voluntad común de los otorgantes para comprobar que ésta se halla expresada en la minuta; asimismo, hará constar el notario en el instrumento que éste se redacta según la minuta aportada, expresando, en su caso, la parte proponente de la minuta.

Reglamento Notarial, artículo 147.


Otorgamiento      |      Otorgamientos sucesivos