Enciclopedia jurídica

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Liberalismo

(Derecho Público) Sistema según el cual el Estado tiene que limitarse a asumir las funciones indispensables para la vida en sociedad y abandonar las demás actividades a la iniciativa privada.
Al Estado liberal se le denomina también Estado-árbitro (ya que no tiene que inmiscuirse en las relaciones entre los individuos, sino únicamente velar por el respeto a las reglas del juego liberal), o Estado-gendarme (pues su función esencial es asegurar el mantenimiento del orden y la defensa nacional).

Es una concepción del individualismo:

la del individuo autónomo, racional, motor de un mundo dominado por la armonía, resultante del libre juego de leyes naturales.

Concibe al estado como un mal necesario, cuyo único fin es la seguridad de los derechos individuales a la vida, a la libertad, a la propiedad privada.

Su valor supremo es la libertad, no la igualdad. Se puede distinguir:
1) un liberalismo filosófico: la libertad intelectual del hombre de todo dogma;

2) un liberalismo económico: (Adam Smith) la libertad económica
del hombre por el libre juego de la oferta y la demanda (Engendro el capitalismo).

3) un liberalismo político: (locke y montesquieu) la libertad política del hombre, por la consagración de los derechos naturales y la división del poder.

Como sistema jurídico-institucional fue creado en el siglo XVIII y aplicado en el siglo XIX. Tiene el propósito de asegurar la libertad de las personas.

Ideario que exalta el concepto de libertad individual y social, basado en la existencia de un orden natural armónico y libre de todas las cosas.


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