Enciclopedia jurídica

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Letrados del Estado

Derecho Administrativo

(V. abogados del Estado).

Son los funcionarios públicos encargados de la representación y defensa de Estado y de sus organismos autónomos, así como de las Comunidades Autónomas en la medida prevista reglamentariamente. Se integran en un cuerpo administrativo en el que se han refundido otros funcionarios, como los antiguos Abogados del Estado. La representación y defensa referidas alcanza asimismo a la que se efectúa ante los tribunales de justicia. La representación y defensa de los entes locales corresponde a los letrados que sirvan en los departamentos jurídicos de dichas Administraciones Públicas.

Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre Medidas para la reforma de la función pública, reformada por la Ley 23/1988, de 28 de julio. Ley orgánica del Poder judicial, artículo 447, modificado por la Ley orgánica 16/1994, de 8 de noviembre.


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