Enciclopedia jurídica

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Organismos autónomos

[DAd] Organismos públicos creados por ley que se rigen por el Derecho administrativo y a los que se les encomienda, en régimen de descentralización funcional y en ejecución de programas concretos de la actividad de un Ministerio, la realización de actividades de fomento, prestaciona- les o de gestión de servicios públicos.
LOFAGE, arts. 45 ss.


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