Enciclopedia jurídica

A B C D E F G H I J K L M N O P Q R S T U V W X Y Z




Foro

, o colegio (Procedimiento Civil) Los abogados inscritos en un tribunal de primera instancia constituyen un orden denominado Foro, o Colegio. V. Orden profesional.

o “Forum” (Procedimiento Civil) Palabras con que se designa un tribunal, y por extensión, su competencia. V. “Lex for:”.

Sitio en que los tribunales oyen y determinan las causas. Entre los romanos, era la plaza pública, donde se tenían las juntas del pueblo, se trataban los negocios y se administraba justicia; estaba rodeado de pórticos y tiendas que ocupaban en su mayor parte los banqueros y los vendedores de comestibles, había salas espaciosas llamadas basílicas, donde se reunían los tribunales.

Actualmente, cuando se habla de foro se entiende en el sentido de la profesión que ejercen los abogados, o mas propiamente, de la corporación o conjunto que ellos integran. Así, cuando se habla del foro argentino, se entiende, por tal, la totalidad de los abogados que ejercen su misión ante los tribunales del país.

En la antigua Roma, plaza donde se trataban los negocios públicos, se celebraban las juntas del pueblo y se administraba justicia. | Por extensión, lugar donde los tribunales oyen y resuelven las causas. | La curia y todo lo concerniente al ejercicio de la abogacía y a la práctica ante los tribunales de justicia. | En Asturias y Galicia, contrato y derecho real análogo a la enfiteusis, en que el dueño de una finca rural cede por una o varias generaciones (por lo común tres) el dominio útil de una finca, a cambio ele] pago de un canon o pensión. | Antiguamente, fuero o privilegio legislativo personal territorial.


Fornicar      |      Fortuito