Enciclopedia jurídica

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Arrendador

(Derecho Civil) En el contrato de arrendamiento, el que se compromete a hacer gozar a la otra parte de algo mediante una remuneración.

Es la persona titular dominical de la cosa que, en el contrato de arrendamiento, cede el uso y goce de la misma a cambio de un precio cierto. Las principales obligaciones que asume son: poner la cosa a disposición del arrendatario; hacer en la cosa las reparaciones necesarias con el fin de que sirva para el uso a que se la destina; mantener al arrendatario en el goce pacífico de la cosa durante el arriendo; reembolsar al arrendatario de los gastos necesarios que éste haya hecho en la cosa, siempre que hubiese avisado con urgencia al arrendador de dicha necesidad y éste no hubiese atendido la petición.

La acción serviana corresponde al dueño de un inmueble alquilado para repetir contra los bienes muebles introducidos en el mismo por el arrendatario en caso de incumplimiento por éste de sus obligaciones como tal.

Código civil, artículos 1.546 a 1.554, y 1.560.

La persona que da en arrendamiento alguna cosa propia de esto contrato.


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