Enciclopedia jurídica

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Vias públicas

(Derecho Administrativo) Dependencias del dominio público (V. estas palabras) que comprenden principalmente las carreteras, calles y plazas públicas, pero también los árboles que las bordean y las alcantarillas. Las vias públicas constituyen el objeto de un régimen jurídico muy detallado, tendiente a conciliar los intereses de los usuarios con las prerrogativas del poder público (V. este término). V. Derechos sobre vías públicas, Permiso de uso de vías, Concesión de vias.


Vias de nufidad no tienen lugar contra l      |      Viático