Enciclopedia jurídica

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Venta por suministro

Este contrato mercantil, generalmente celebrado entre empresas, consiste en el compromiso que una parte, denominada suministrador o proveedor, contrae frente a la otra, denominada suministrado, de entregarle una serie de cosas muebles en época y cantidad predeterminadas o en la cantidad que concrete el suministrado según sus necesidades, por un precio que habitualmente se paga al realizarse las sucesivas entregas. Lo que singulariza este contrato es la periodicidad de las sucesivas prestaciones. El objeto del suministro no es una prestación única realizada en momentos diferentes, sino en asegurar varias prestaciones o una prestación continua durante cierto tiempo. El suministrado se garantiza así la obtención de un producto durante un cierto tiempo.

Código de comercio, artículo 57.


Venta por la cadena de la felicidad      |      Venta salvo aprobación