Enciclopedia jurídica

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Vencimiento del cheque

El cheque es pagadero a la vista; es decir, en el momento de su presentación al pago, siempre que ésta se realice en los plazos legales. El cheque presentado al pago antes del día indicado como fecha de emisión, ha de pagarse el día de su presentación. Por tanto, el cheque posdatado queda castigado con esta previsión normativa. El cheque antedatado ha de merecer las correspondientes cautelas del tenedor. La fecha de emisión del cheque, sin embargo, es trascendental a efectos de la obligación del librador de pagarlo. Así, el cheque emitido y pagadero en España deberá ser presentado a su pago en el plazo de quince días a contar de la fecha que conste en el cheque como fecha de emisión del mismo. El cheque emitido en el extranjero y pagadero en España debe presentarse en el plazo de veinte días si fue emitido en Europa, y sesenta días si lo fue fuera de Europa. En el cómputo de los indicados plazos no se excluyen los días inhábiles; pero si el día del vencimiento fuese inhábil, el cheque vencerá al primer día hábil siguiente al día inhábil.

Ley Cambiaria y del cheque, artículos 134 y 135.


Vencimiento de la letra De cambio      |      Vendí